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Domingo, 14 Junio 2026

Edición 1655 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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Las disposiciones contenidas en el proyecto de  norma, son aplicables a las siguientes entidades: los prestadores de servicios de salud; los laboratorios de salud pública, en lo que aplique; los operadores logísticos y gestores farmacéuticos, en lo que aplique, entre otros.

El Consejo de Estado no avoca conocimiento de Control inmediato de legalidad de la Resolución 000319 de 1º de julio de 2020, “Por la cual se resuelve autorizar la contratación a través de la Bolsa Mercantil de Colombia de la prestación del servicio para el suministro de alimentación a la población privada de la libertad a cargo del INPEC.

El Consejo de Estado decreta la acumulación del proceso en el que se avocó el conocimiento de la legalidad de la Resolución No. 7 de 16 de abril de 2020, expedida Director General de la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar – Alimentos para Aprender – PAE “mediante al cual se expide transitoriamente los lineamientos técnicos - administrativos,

El Consejo de Estado remite expediente del auto de 18 de mayo de 2020, mediante el cual se avocó el control inmediato de legalidad del auto de 20 de abril de 2020 proferido por el Secretario General del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo que prorroga la suspensión de los términos de las actuaciones disciplinarias que se adelantan en el Grupo de Control Interno Disciplinario

El proyecto de decreto del MinComercio tiene por objeto prohibir la fabricación, importación y la exportación de los productos con mercurio añadido clasificados en las subpartidas arancelarias que se relacionan en la tabla descriptiva que hace parte integral del documento publicado por la entidad, como parte del Convenio de Minamata sobre el Mercurio. Los detalles los puede conocer consultando el documento publicado por la entidad.