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Viernes, 17 Mayo 2024

Edición 1165 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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Este proyecto de Resolución prorroga el subsidio establecido en el Artículo 1. de la Resolución número 40236 del 14 de agosto de 2020, señalando que, por el ciclo de facturación siguiente a la entrada en vigencia de la misma, se otorgará el incremento en 10 puntos porcentuales al porcentaje del subsidio que actualmente reciben los usuarios de los estratos 1 y 2, sobre el consumo básico o de subsistencia del Costo Unitario Equivalente de Prestación del Servicio (CuEq) definido en la Resolución CREG 186 de 2010.

A través del acto administrativo, la CREG no accede a la solicitud de revocatoria directa interpuesta por el representante de la empresa TERMOBARRANQUILLA S.A. E.S.P a pesar de la manifestación de una presunta inviabilidad financiera de TEBSA, por cuenta de la imposibilidad de recuperar el costo de estos, cuando la modalidad contractual en firme exigida por la CREG difiere

A través de una circular, la CREG autoriza a la empresa NORTESANTANDEREANA DE GAS S.A E.S.P la movilización por concepto de recolección y destrucción de los cilindros universales remanentes, de acuerdo con las disposiciones de la Resolución CREG 164 de 2014, que estableció las medidas regulatorias dentro de las actividades de distribución y/o comercialización minorista de GLP enfocadas a reforzar la aplicación del esquema de responsabilidad de marcas en cilindros.

La Corte Constitucional declara exequible  el Decreto legislativo 517 del 4 de abril de 2020 “Por el cual se dictan disposiciones en materia de los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 417 de 2020”

En consideración del Ministerio de Hacienda, para el estudio adecuado del texto propuesto, es pertinente hacer algunas consideraciones generales sobre los derechos ambientales y la facultad sancionatoria del Estado, y posteriormente, realiza aclaraciones específicas sobre el articulado y analiza el impacto fiscal y la conveniencia de la iniciativa bajo examen.