De acuerdo con la doctrina publicada por la SSPD, los usuarios regulados y no regulados del servicio de gas combustible tienen los mismos derechos y deberes y gozan del mismo régimen jurídico de protección. La condición de usuario no regulado conectado a través de una red de distribución o transporte, no hace diferencia frente al ejercicio de los derechos que en su condición de usuarios están previstos en la Ley y la regulación aplicable.
Para la Sala, la actividad de transporte de petróleo por oleoductos está exenta del impuesto de industria y comercio, con fundamento en el artículo 16 del Decreto 1056 de 1953 o Código de Petróleos. Al respecto, esta Corporación ha indicado lo siguiente: … “de la jurisprudencia constitucional sobre el tema,
La iniciativa tiene como objetivo incentivar el abastecimiento de gas combustible en el país y ampliar su cobertura, con el fin de generar impactos positivos en el medio ambiente, la calidad de vida, la salud de la población y el acceso al servicio público.
Se trata de la ponencia para segundo debate del proyecto de ley por el cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021. El presente texto fue aprobado sin modificación y pasa a Sanción Presidencial.
Este evento es organizado por el Comité Gremial Petrolero (CGP) integrado por la Asociación Colombiana del Petróleo (ACP), la Cámara Colombiana de Petróleo, Gas y Energía (Campetrol), la Asociación Colombiana de Ingenieros de Petróleos (Acipet), la Asociación Colombiana de Geólogos y Geofísicos del Petróleo (ACGGP) y la Asociación Colombiana de Ingenieros (ACIEM). Ingresar a los siguientes links: PRESENTACIÓN Formulario de Inscripción