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Sábado, 03 Octubre 2026

Edición 1735 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

La UPME estableció el procedimiento para las solicitudes de conexión definitiva y temporal de usuarios finales al Sistema Interconectado Nacional (STN) y Redes de Transmisión Regional (STR). Esta normativa, que deroga las resoluciones UPME 1041 de 2024 y 757 de 2025, alinea los trámites con la Resolución CREG 075 de 2021. Define dos ciclos anuales para la recepción de solicitudes definitivas y tres momentos de emisión de conceptos, incluyendo la viabilidad de proyectos que requieran obras de expansión ("Fila 1"). Asimismo, regula las conexiones temporales con una vigencia máxima de cinco años, priorizando las asignaciones definitivas. Se excluye del proceso a los autogeneradores que no inyectan excedentes de energía a la red.
El Ministerio de Minas nombró a Karen Schutt, experta comisionada de la CREG y exviceministra de Energía, como gerente técnica del Comité Sectorial. Su función principal es coordinar las acciones preventivas ante el fenómeno de El Niño en el sector minero-energético y supervisar el mantenimiento estratégico de infraestructuras clave, como la Sociedad Portuaria El Cayao (SPEC). Schutt liderará el análisis técnico de variables energéticas e hidrológicas, articulando la colaboración entre entidades públicas y privadas para identificar riesgos y presentar recomendaciones. Esta designación busca fortalecer la preparación, confiabilidad y seguridad del sistema energético nacional frente a impactos climáticos y operativos, garantizando el suministro de energía y gas en Colombia.
La CREG publicó un proyecto de resolución que establece un programa transitorio de incentivos al uso eficiente de energía eléctrica. El objetivo es contribuir a la reducción de la demanda regulada en situaciones de estrechez energética, baja hidrología o riesgo para la confiabilidad del suministro, buscando prevenir desabastecimientos. Este programa, de naturaleza excepcional, autofinanciado y de aplicación automática para usuarios regulados, operará mediante un esquema diferencial de cobros por consumos excedentes a una meta individual y la distribución de recursos entre quienes logren mayores ahorros. Los comercializadores deberán divulgar el programa y sus mecanismos de beneficio, así como la meta individual de consumo y consejos prácticos para reducirlo.
La CREG solicita a los Operadores de Red información sobre las solicitudes de conexión de proyectos Clase 2, gestionadas entre el año 2022 y el 30 de abril de 2026. Esta medida busca dotar a la CREG de datos que permitan analizar y orientar el desarrollo de la movilidad eléctrica en el país desde una perspectiva regulatoria. Los operadores deben remitir en formato Excel detalles como el identificador de la solicitud, fechas de radicación y respuesta, estado del trámite, ubicación, tipo de proyecto, niveles de tensión y potencias solicitadas y aprobadas. La información es un insumo crucial para los análisis de la Comisión, que no inicia una actuación administrativa ni genera nuevas obligaciones, y debe ser entregada a más tardar el 6 de julio de 2026.
La CREG precisó la normativa y los aspectos técnicos de los sistemas de autogeneración fuera de red. La Comisión enfatiza que el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE) es de cumplimiento obligatorio para todas las instalaciones, sean o no aisladas de la red, y prevalece sobre cualquier otra regulación. La CREG considera que un sistema está regulatoriamente "conectado" si una falla en él podría afectar la red externa, buscando así salvaguardar la operación segura, confiable y económica del Sistema Interconectado Nacional (SIN). Sin embargo, si un sistema está completamente aislado y su falla no puede impactar la red externa, la CREG no lo regula, aunque el RETIE sigue siendo aplicable. Los sistemas de emergencia están exentos de procedimientos de conexión al no inyectar energía a la red. Finalmente, la CREG aclara que sus normas son independientes de las del MME, y las futuras reglas del MME sobre la competencia de instaladores prevalecerán.