estará en la obligación de realizar audiencias públicas participativas, mínimo dos veces al año.”
“Si una entidad no genera espacios y encuentros presenciales, complementados con espacios virtuales, o electrónicos, o lleve a cabo foros, mesas de trabajo, reuniones zonales, ferias de la gestión o audiencias públicas, difusión masiva en emisoras locales o nacionales o espacios televisivos que garanticen un adecuado acceso a la información y a los informes de gestión de la ciudadanía en general,
estará en la obligación de realizar audiencias públicas participativas, mínimo dos veces al año.”