“En cuanto a las restricciones contempladas en la Ley de Garantías para la contratación directa, cabe señalar que frente a la adquisición de bienes o servicios objeto de Acuerdos Marco de Precios u otro mecanismo de agregación de demanda, o para su celebración, específicamente para el caso de Proveedor único, la modalidad de selección aplicable es la contratación directa.”