De acuerdo con el concepto publicado por la SSPD, las tarifas de servicios públicos pueden actualizarse cada vez que se acumulen variaciones de un tres por ciento (3%) en alguno de los índices de precios que considera la fórmula, evento en el cual las nuevas tarifas deben informarse a esta Superintendencia, la Comisión de Regulación respectiva y los usuarios, a través de publicaciones realizadas en diarios de circulación local o nacional.