La accionante fue contratada en un almacén que solicitó que se hiciera los exámenes de rutina para su ingreso de planta en esta empresa, en una IPS. La IPS envió los resultados directamente a su empleador, quien, al darse cuenta de su estado de gravidez, decidió no contratarla. La Corte amaró los derechos fundamentales a la estabilidad laboral reforzada, a la seguridad social, a la autonomía, a la intimidad y a la información