La Sala amparó los derechos fundamentales a la salud y a la dignidad humana de la accionante, respecto a la entrega y la adaptación del audio procesador prescrito por el médico tratante. “El Alto Tribunal puntualizó que la joven necesita el audio procesador como medio de rehabilitación auditiva, de lo contrario, su calidad de vida resultaría limitada de manera significativa, puesto que podría perder por completo la audición”.