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Concepto de la ANM sobre la capacidad jurídica de una empresa que se encuentre liquidación obligatoria ante la SuperSociedades, para ser cesionaria de un contrato de concesión minera

Escrito por  May 27, 2021

A través del concepto, la ANM indicó que la cesión de derechos emanados de un título minero requerirá solicitud por parte del beneficiario del título,

acompañada del documento de negociación de la cesión de derechos.Esta solicitud deberá ser resuelta por la Autoridad Minera en un término de sesenta (60) días, en los cuales verificará los requisitos de orden legal y económico a que alude el ar culo 22 de la Ley 1753 de 2015 o aquella que la sustituya o modifique. En caso de ser aprobada la cesión se inscribirá en el Registro Minero Nacional el acto administrativo de aprobación.

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Modificado por última vez en Jueves, 27 Mayo 2021 11:16