Empresas mixtas de servicios públicos, en cuyo capital la Nación, las entidades territoriales o las entidades descentralizadas tengan aportes superiores o iguales al 50% y empresas privadas de servicios públicos, cuyo capital pertenece mayoritariamente a los particulares. Respecto al funcionamiento de las E.S.P. cuando estén debidamente constituidas y organizadas, no requieren permiso para desarrollar su objeto social6, pero para poder operar, deberán obtener las concesiones, permisos y licencias de las autoridades competentes, según sea el caso o la naturaleza de sus actividades, debiendo siempre estar sujetos a las normas generales sobre la planeación urbana, la circulación y el tránsito, el uso del espacio público, y la seguridad y tranquilidad ciudadanas.