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Consejo de Estado reiteró que la Ley 1437 de 2011 habilita a la entidad pública para ejercer el cobro coactivo en relación con las obligaciones claras y expresas derivadas de un acto administrativo expedido con ocasión de la actividad contractual

Escrito por  May 19, 2021

Consejo de Estado negó pretensiones de demanda presentada por la sociedad Axa Seguros Colpatria S.A., contra el Instituto de Infraestructura y Concesiones de Cundinamarca,

que negaron las excepciones propuestas por la demandante en el procedimiento de cobro coactivo adelantado en su contra.Según la aseguradora, en el presente caso, no eran aplicables las normas del CPACA porque el procedimiento administrativo en el que se constituyó el título ejecutivo inició antes de su vigencia. “Entonces, como son aplicables las normas del CCA, el ICCU no tenía competencia para adelantar el cobro coactivo por obligaciones derivadas de un contrato estatal. Con base en lo anterior, consideró que debe declararse probada la excepción de falta de competencia del funcionario que expidió el mandamiento de pago”.

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