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Corte ordenó a la EPS COMPARTA a financiar los gastos de transporte, alojamiento y alimentación de paciente y acompañante, cada vez que le autorice el tratamiento de insuficiencia renal crónica en un municipio diferente al de su residencia

Escrito por  May 18, 2021

 El afectado señaló que a pesar de que la EPS lo trasladó a Medellín para recibir el tratamiento médico que requiere, no tiene dinero suficiente para sufragar los gastos correspondientes a su transporte, alimentación y alojamiento en esa ciudad.

 La Corte decidió que la financiación de alojamiento, dependerá de que la atención médica en el lugar de remisión exija más de un día de duración o cuando sucedan eventos de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial no atribuibles al agenciado. Respecto a los gastos de alimentación, se cubrirán aquellos que se requieran para la manutención en el municipio donde se reciba la correspondiente atención médica durante el tiempo de la estadía.

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