se exceptúan de la suspensión de términos prevista en el artículo 1 del presente acuerdo las siguientes actuaciones en materia de familia Desde el 11 hasta el 24 de mayo de 2020 se exonera del reparto de acciones de tutela y de habeas corpus a los juzgados penales municipales con función de control de garantías del Sistema Penal Acusatorio y de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad en el país, siempre que existan las circunstancias habituales para realizar el reparto entre distintos grupos, clases o categorías de despachos judiciales.