A través de la Circular_100-000005- 2021, la Superintendencia de Sociedades dio a conocer la Política de Supervisión para las sociedades vigiladas por la Dirección de Intervención y Asuntos Financieros Especiales. En la Circular quedó indicado que “para las sociedades comerciales y empresas unipersonales que sean
operadoras de libranzas o descuento directo y los factores constituidos como sociedades comerciales cuya actividad incluya el factoring o la venta de cartera al descuento, la supervisión que ejerce la Superintendencia de Sociedades, continuará enfocada sobre los aspectos societarios y contables de tales sujetos”.
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