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Corte protegió el derecho a la salud de la población habitante de calle y la asignación de cupos de albergue en el marco de la pandemia por COVID-19

Escrito por  May 06, 2021

La Alcaldía de Andes violó los derechos a la salud, a la vivienda y a la dignidad humana de un ciudadano, al ordenar el cierre del preventorio dispuesto para que los habitantes

de calle pudieran cumplir la medida de aislamiento adoptada para hacer frente a la pandemia de COVID-19. Esta conclusión se basó en que, con dicha determinación, la Alcaldía: (I) omitió su obligación de adoptar acciones afirmativas a favor del accionante, como habitante de calle que se encuentra en una situación de vulnerabilidad profundizada a causa de la emergencia sanitaria; (II) violó la faceta preventiva del derecho a la salud del accionante; y (III) desconoció el mandato de no retroceso en el derecho a la salud”.  

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