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Concepto del MinTrabajo sobre la generación y reconocimiento de horas extras en trabajos de turnos rotativos

Escrito por  May 06, 2021

Se establece que, en el caso de los trabajos con horario rotativos, no se pueden generar horas extras, no habrá lugar al recargo nocturno,

ni al previsto para el dominical o festivo por ser un turno rotativo, teniendo derecho a un descanso remunerado que podrá coincidir o no con el domingo, sin que sea posible el contratar al mismo trabajador aun con su consentimiento, para la ejecución de dos turnos en el mismo día. 

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Modificado por última vez en Jueves, 06 Mayo 2021 11:35