de acciones que permitan garantizar la continuidad de las actividades y la protección integral de los trabajadores vinculados mediante contrato de prestación de servicios o de obra” Sin embargo, se aclara que el resultado de la prueba SARS-CoV-2 (COVID-19) no debe constituir razón que afecte negativamente la relación laboral, sino que debe instar al empleador a tomar las medidas de protección y apoyo para evitar cualquier forma de discriminación.