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Ecopetrol puede exigir pruebas para el reconocimiento de pensión de invalidez

Escrito por  May 07, 2020

En el procedimiento laboral, por virtud del artículo 51 del CPT y SS, son admisibles todos los medios probatorios establecidos en la ley,

siempre y cuando se cumplan con los requisitos legales en cada una de las fases procesales de la prueba, es decir, en cuanto a su petición, decreto, práctica y valoración, atendiendo además los principios de inmediación, contradicción, publicidad, garantes del debido proceso La Sala ha reconocido a los jueces la libertad probatoria para formar su convencimiento, salvo en los casos en que la misma ley exija determinada solemnidad en el acto o en la prueba (arts. 51 y 61 del Cptss); situación que no se presenta respecto de la acreditación del adelantamiento del tratamiento y rehabilitación integral, previo a la expedición del dictamen de calificación de pérdida de capacidad laboral, por lo que bien podía demostrarse a través de otros medios de prueba, aptos para ello, como la historia clínica, la epicrisis o los conceptos técnicos y médicos que obran en el expediente, a partir de los cuales se dio por cumplida dicha exigencia por el fallador de segundo grado, por lo que no se configuró el error de derecho”. 

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