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Corte Constitucional: “en la valoración de las causales de pérdida de investidura es preciso que el juez tenga en cuenta la conducta del procesado para establecer su culpabilidad”

Escrito por  Abr 07, 2021

La Corte Constitucional dejó sin efectos dos sentencias proferidas por la Sala Plena del Consejo de Estado en las que se concluyeron la pérdida de investidura del excongresista Libardo Enrique García Guerrero y se negó la revisión de la misma.

El alto tribunal, con ponencia del magistrado José Fernando Reyes Cuartas, estudió el caso y encontró que el Consejo de Estado no valoró la culpabilidad al decidir la demanda de pérdida de investidura ni el recurso extraordinario que formuló el actor. “El derecho sancionatorio como la pérdida de investidura, implica que el juez valore no solamente la configuración de la causal de pérdida de investidura desde el punto de vista objetivo, sino que es preciso valorar la conducta del procesado, circunstancia que se echa de menos en los fallos revisados por la Corte”, indicó el pronunciamiento.

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Modificado por última vez en Miércoles, 07 Abril 2021 10:28