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SSPD aclara el alcance de la aplicación de subsidios para la prestación de servicios de acueducto y alcantarillado

Escrito por  Jun 24, 2020

Son objeto de susidio el consumo básico, los costos económicos que garantizan la disponibilidad permanente del servicio y los cargos por aportes de conexión, acometida y el medidor.

Es decir, para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, los costos económicos para garantizar la disponibilidad permanente del servicio, podrá corresponder al concepto cargo fijo, establecido en el numeral 90.2 del artículo 90 de la Ley 142 de 1994, el cual puede ser objeto de subsidio.

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