Si la SSPD ha habilitado un determinado formato de reporte de información a un prestador, éste debe diligenciarlo y cargarlo en la plataforma creada para tal efecto. En caso de que se considere que el prestador no está obligado al reporte, debe hacer la solicitud de des habilitación a través del mecanismo habilitado en la página web del SUI (www.sui.gov.co), de manera que la SSPD pueda pronunciarse de forma concreta sobre el formato o formulario objeto de la solicitud.