En ejercicio de su función de control, y al evaluar los hallazgos encontrados durante las visitas técnicas realizadas entre 2017 y 2018, la superintendencia pudo establecer que el prestador incumplió la integralidad de la actividad de aprovechamiento establecido en el Decreto 596 de 2016 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. En tal sentido, la entidad identificó, entre otros aspectos, fallas en la prestación domiciliaria del servicio, en la adecuación de las estaciones de clasificación y aprovechamiento (ECA) registradas por la empresa, y en las condiciones laborales de sus operarios en la capital del país, Medellín y los municipios de Marinilla, Rionegro, El Santuario y Carmen de Viboral, en el oriente de Antioquia.