En relación a lo anterior, La gestión de los residuos peligrosos no corresponde a una de las actividades del servicio público domiciliario de aseo
La SSPD no tiene funciones para señalar si las actividades de una empresa que tiene por objeto principal el tratamiento y disposición de desechos peligrosos se encuentran amparadas por el derecho de circulación, en los términos previstos por el artículo 3 de los Decretos 457, 531 y 593 de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del COVID-19.
En relación a lo anterior, La gestión de los residuos peligrosos no corresponde a una de las actividades del servicio público domiciliario de aseo