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Gobierno reglamentó el Régimen de Zonas Francas para que se conviertan en un instrumento robusto para el desarrollo productivo de los sectores de manufactura, comercio, servicios y agroindustrial

Escrito por  Mar 16, 2021

El Decreto 0278-2021, se expide en motivación a que el régimen de zonas francas debe ofrecer a sus usuarios, condiciones adecuadas que les permitan competir con eficiencia en el mercado interno y externo, a través de la observancia de una regulación que consulte las mejores tendencias normativas internacionales. Los usuarios industriales

podrán someter a los regímenes de importación ordinaria, tráfico postal y envíos urgentes, y el régimen de transformación y/o ensamble, según lo dispuesto en el régimen aduanero, las mercancías de cualquier naturaleza ingresadas o producidas en zona franca. Así mismo, dichas mercancías podrán permanecer, consumirse, transformarse o retirarse de la zona franca.

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Modificado por última vez en Martes, 16 Marzo 2021 11:23