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Mintransporte y MinVivienda informan las directrices para prestar el servicio de mudanzas durante el aislamiento preventivo

Escrito por  Jun 02, 2020

En una circular dirigida a las empresas de transporte de carga que presten servicios de mudanza  en el territorio nacional, el Ministerio de Vivienda y el Ministerio de transporte informan sobre las directrices relacionadas con las condiciones que deben cumplir los interesados que requieran realizar mudanzas durante la vigencia del aislamiento preventivo obligatorio, así como las exigencias que deben observar las empresas de transporte de carga por medio de las cuales se efectuarán mudanzas o trasteos.

Es así como se establece que, los interesados podrán realizar mudanzas a través de empresas legalmente habilitadas para prestar el servicio de transporte carga, la mudanza solo podrá realizarse con estricto cumplimiento por parte del interesado y de la empresa prestadora del servicio, de los protocolos de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19 establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, cuyo cumplimiento es objeto de verificación en cualquier momento por la autoridad territorial correspondiente. En todo caso, cuando se trate de la prestación del servicio público de transporte de carga estará sujeto a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia de Transporte.

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