El Decreto Legislativo permitía a los canales de televisión emitir programas diferentes a los de producción nacional, ante la imposibilidad de producir contenidos nuevos. Frente a esto, la Corte Constitucional consideró que el Gobierno no expuso de manera suficiente las razones que lo llevaron a adoptar el porcentaje establecido en el Decreto. Además, concluyó la Corte que la medida no era necesaria en tanto existían otras opciones evidentes y menos gravosas frente a los derechos a la cultura y la identidad nacional, para lograr el cumplimiento de la cuota de pantalla nacional.