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Las restricciones a los connacionales para retornar al país vía aérea tienen su sustento en la emergencia sanitaria que ha afectado a distintos países a nivel mundial

Escrito por  Jul 07, 2020

El Consejo de estado estableció que en principio no puede predicarse una vulneración al derecho a la igualdad invocado por los actores, en tanto que: i) no se demostró que las condiciones en que fueron autorizados otros connacionales para ingresar al país, sean similares a las que afrontan los accionantes, ii) el consulado colombiano en Australia ha ofrecido atención y acompañamiento a los ciudadanos colombianos y iii) no se acreditó que los demandantes se encuentren en una especial situación de debilidad manifiesta, emergencia humanitaria, fuerza mayor o caso fortuito como lo dispone el decreto legislativo.

De manera que, la Sala comparte la conclusión a la que llegó el a quo, en el sentido de que la restricción que cobija actualmente a los actores para retornar al país, no obedece a un comportamiento caprichoso o arbitrario de las entidades accionadas, sino que encuentra su sustento en una emergencia sanitaria que ha afectado a distintos países a nivel mundial y respecto a la cual se han tenido que adoptar estas medidas, que en el caso concreto resultan justificadas.

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