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SSPD se pronuncia sobre la viabilidad de pactar la inamovilidad de los administradores elegidos por la asamblea de accionistas de empresas prestadoras

Escrito por  Jul 02, 2020

De acuerdo con la Ley 142 de 1994, no se podrá pactar la inamovilidad de los administradores elegidos por la asamblea de accionistas, la junta de socios, o la junta directiva, ni exigir para su remoción una mayoría especial distinta de la común. En consecuencia, los máximos órganos sociales tienen libertad de elegir y remover libremente a sus administradores en cualquier tiempo, sin que tal facultad se sujete a alguna condición.

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Modificado por última vez en Martes, 23 Febrero 2021 11:05