Así mismo se fija el ingreso al productor del biocombustible para uso en motores diésel en once mil cuatrocientos ochenta y tres pesos con setenta y seis centavos ($11,483,76) M/Cte. por galón.
A través del acto administrativo se fija el ingreso al productor del alcohol carburante en ocho mil doscientos ochenta y seis pesos con treinta centavos (S8.286,30) M/Cte. por galón.
Así mismo se fija el ingreso al productor del biocombustible para uso en motores diésel en once mil cuatrocientos ochenta y tres pesos con setenta y seis centavos ($11,483,76) M/Cte. por galón.