Respecto de las solicitudes de concepto previo no vinculante de vigencias futuras de recursos, estas solo aplican para los órganos del SGR y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Resolución 0003 de 20197 emitida por el Consejo Superior de Política Fiscal (CONFIS), el monto máximo de recursos que afectarán presupuestos de posteriores bienalidades será aprobado por dicho Consejo sin exceder el 50% de las proyecciones contenidas en el plan de recursos, así mismo, la autorización de las vigencias futuras no podrá superar el respectivo periodo del Gobierno nacional con el fin de garantizar la independencia en la administración de los recursos de cada gobiernos.