Hasta que se adopte el instrumento que reemplace al Acuerdo 04 de 1996 en la definición de las circunstancias especiales que habilitan la adquisición directa de predios ocupados, las áreas misionales encargadas de estos procesos deben atender lo señalado en la Directiva 0001 del 30 de abril de 2020, en la que se recoge lo dispuesto en la ley en cuanto a los presupuestos que dan lugar a la adquisición de predios, mejoras rurales y servidumbres con fines de reforma agraria, procurando con ello la necesaria univocidad en los procedimientos al interior de la entidad, en torno a la salvaguarda del derecho de propiedad.