y/o financieros de los costos a incorporar en la referida variable, siendo esta la forma de soportar dichos costos.
A través de un concepto quedó establecido que, para el reporte e incorporación de los costos de referencia del lavado y desinfección de áreas públicas las personas prestadoras del servicio público de aseo deberán remitir, a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el estudio de costos con los respectivos soportes contables
y/o financieros de los costos a incorporar en la referida variable, siendo esta la forma de soportar dichos costos.