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Facultades de la CRA sobre la imposición de servidumbres para la interconexión de redes

Escrito por  Feb 03, 2021

Los contratos de interconexión, se rigen por el derecho privado, razón por la cual, las relaciones contractuales de los prestadores de los servicios públicos domiciliarios se rigen por los acuerdos a los que lleguen, en ejercicio del principio de la autonomía de la voluntad.

Sin embargo, la CRA tiene la facultad de intervenir, adelantando una actuación administrativa tendiente a la imposición de una servidumbre y/o al señalamiento de la remuneración correspondiente, por el uso e interconexión de redes, cuando medie petición de parte y solamente, en aquellos eventos en que las partes no llegan a un acuerdo sobre las condiciones del contrato.

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