por un término de 15 días calendario. Con la modificación del referido artículo, se establecería que sus funciones sería las de asesorar a la Alta Dirección en la implementación, ejecución, evaluación y seguimiento de los componentes del Sistema de Control Interno y en la adopción de mecanismos de autocontrol, autorregulación institucional, valoración de riesgos y mejoramiento continuo, para el cumplimiento de la misión y objetivos del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, de conformidad con las normas vigentes. Entre otras consideraciones que puede conocer consultando el documento publicado por la entidad.