En tal sentido, los pequeños y medianos productores individuales o las asociaciones, organizaciones, cooperativas, entre otras entidades sin ánimo de lucro del sector agropecuario, interesados en participar en el Programa de apoyo al transporte de productos perecederos agrícolas y pecuarios para la comercialización en zonas diferentes al municipio de producción, deberán realizar la inscripción a través del sitio web (www.bolsamercantil.com.co) y el plazo máximo de inscripción será hasta el 14 de agosto de 2020. . Para acceder al apoyo, los productores deberán realizar las ventas de frutas, hortalizas, tubérculos, ganado bovino, porcino, pollo en pie y pescado refrigerado durante el periodo de vigencia de la presente resolución, acreditando la factura de venta o documento equivalente, que cumpla con la normatividad vigente, que dé cuenta de la transacción comercial. También deberán presentar ante la Bolsa Mercantil de Colombia la factura de venta o documento equivalente que certifique la transacción comercial de los productos objeto del programa y, este será el soporte documental que permitirá a la Bolsa Mercantil de Colombia establecer el cumplimiento de los requisitos establecidos. Entre mas disposiciones que puede conocer consultando el documento publicado por la entidad.