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Concepto de la CREG sobre el cálculo de factores de actualización de precios de contratos de suministro

Escrito por  Ene 25, 2021

De acuerdo con la doctrina publicada por la CREG, las ecuaciones mediante las que se actualizan los contratos de tres o más años, toman como referencia los precios de los contratos firmes.

Por otra parte, para la actualización de precios de los contratos acordados bajo la vigencia de la Resolución CREG 089 de 2013, se utilizarán los precios de cierre de las subastas de C1 y C2 para una fuente particular. En caso de no contar con ellos para una fuente particular, se deben utilizar los precios de reserva de los productos declarados por los vendedores para dichas subastas.

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Modificado por última vez en Lunes, 25 Enero 2021 14:22