El Ministerio de Transporte precisó las condiciones para que entidades interesadas en capacitar y certificar a conductores de mercancías peligrosas puedan operar. Ante la consulta de una escuela de bomberos sobre cómo registrarse y obtener la autorización para dictar estos cursos, la cartera de transporte indicó que la facultad recae en instituciones de educación superior, el SENA o aquellas de trabajo y desarrollo humano, siempre que estén legalmente constituidas y cuenten con aprobación de la entidad competente, además de personal idóneo. No existe un trámite de autorización individual específico ante el Ministerio; la clave reside en la naturaleza jurídica de la institución y sus debidas aprobaciones previas. Una vez impartida la formación, es crucial registrar la información y certificados en el sistema correspondiente.