El Gobierno reglamentó las condiciones de protección de moradores en proyectos de renovación urbana, priorizando el derecho a la vivienda digna. La normativa adiciona el Decreto 1077 de 2015, estableciendo mecanismos que garantizan a los propietarios o poseedores moradores opciones como mantener su residencia en el área del proyecto, recibir una vivienda de reemplazo en el mismo lugar o en otro con características similares, o una indemnización monetaria justa. Se aseguran criterios de distribución equitativa de cargas y beneficios, y se contemplan viviendas transitorias y el reconocimiento de gastos de traslado. Para los moradores no propietarios, se garantiza información y acompañamiento para la búsqueda de nueva vivienda y se prohíbe el desmejoramiento de sus condiciones de habitabilidad. Las administraciones municipales y distritales deben incorporar estos mecanismos, garantizar la participación ciudadana y aplicar un enfoque diferencial para sujetos de especial protección constitucional.