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CREG: metodología para que los comercializadores determinen el CU de Prestación del Servicio en ocasión de la emergencia del COVID 19

Escrito por  Ene 18, 2021

En la Resolución CREG 119 de 2007 se estableció la metodología para que los comercializadores determinen el Costo Unitario de Prestación del Servicio, CU, que es el valor de cada kWh cobrado a los usuarios, y que está compuesto por el costo asociado con las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica.

La aplicación de estas resoluciones está en cabeza de los prestadores del servicio, y la entidad encargada de vigilar su cumplimiento es la SSPD. En atención a la emergencia actual, el Gobierno Nacional, en el Decreto 517 de 2020, estableció mecanismos de ayuda para el pago de la factura del servicio de energía eléctrica de los usuarios residenciales de estratos 1 y 2, y facultó a esta Comisión a desarrollar regulación especial de manera transitoria. La Comisión expidió la resolución CREG 058 de 2020, modificada y adicionada por la Resolución CREG 064 de 2020, en la cual se complementan las medidas definidas en el Decreto Ley 517 de 2020. Para esto, se establece el aplazamiento del pago de las facturas del servicio de energía eléctrica de los meses de abril y mayo para los usuarios residenciales de estratos 1 al 4, y se establece que el comercializador debe ofrecer esta posibilidad a los demás usuarios regulados, es decir, residenciales de estratos 5 y 6, comerciales e industriales. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.

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