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¿Cuál es el procedimiento que debe seguir una Entidad para determinar que una oferta es artificialmente baja y aplicar la causal de rechazo?: Colombia Compra responde

Escrito por  Abr 06, 2026

Colombia Compra Eficiente precisó que el "precio artificialmente bajo" es aquel sin justificación comercial que no garantiza la ejecución contractual, distinto de ofertas competitivas con economías de escala. Para detectarlos, las entidades usan la comparación absoluta o relativa, contrastando ofertas con costos estimados o el universo de propuestas. CCE enfatiza que los criterios de su "Guía para el manejo de ofertas artificialmente bajas" son orientadores y no vinculantes ni taxativos. La identificación de una oferta potencialmente baja no genera rechazo automático; la entidad debe requerir explicaciones al proponente. Solo si estas justificaciones son insuficientes, insatisfactorias, o si no se presentan, procederá el rechazo. Las entidades no pueden convertir estos criterios en requisitos rígidos o acumulativos para un rechazo automático.

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Modificado por última vez en Domingo, 05 Abril 2026 13:30