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Consejo de Estado confirmó negativa de admitir llamamiento en garantía en el proceso de la EAAB contra la CAR por presuntos perjuicios en la PTAR El Salitre II

Escrito por  Feb 03, 2026

El Consejo de Estado confirmó el auto del 30 de enero de 2025 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que negó el llamamiento en garantía solicitado por la CAR dentro de la demanda de reparación directa promovida por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB). El caso se origina en los presuntos perjuicios que, según la EAAB, le ocasionó la entrada en operación de la PTAR El Salitre II sin el cumplimiento de condiciones técnicas y jurídicas. La CAR pretendía vincular a la Nación – Rama Judicial, al sostener que los daños se derivaron de una medida cautelar adoptada en una acción popular sobre el río Bogotá. La Sala concluyó que el llamamiento en garantía exige la acreditación de un vínculo legal o contractual previo que obligue al tercero a responder por una eventual condena, lo cual no se demostró, pues los argumentos de la CAR se basaban en una eventual controversia por error judicial o funcionamiento de la administración de justicia. Al no existir relación de garantía, el Consejo de Estado confirmó la decisión y negó la vinculación solicitada.

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Modificado por última vez en Lunes, 02 Febrero 2026 19:14