Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

El Ministerio de Ambiente reafirma la inalienabilidad del agua, incluidas las aguas residuales tratadas, confirmando la prohibición de su comercialización al ser un bien de uso público

Escrito por  Ene 09, 2026

El Ministerio de Ambiente precisa que el agua es un bien de uso público de la Nación, inalienable, imprescriptible e inembargable. Su comercialización está prohibida, siendo nula cualquier transacción de venta o transferencia de dominio. Los particulares solo tienen el derecho a usar el agua, adquirido por ley o concesión. Las concesiones, incluso para uso industrial o de aguas residuales tratadas, otorgan únicamente la facultad de uso, no la de venta o distribución. Por ende, ninguna autoridad ambiental puede autorizar la comercialización del agua.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Jueves, 08 Enero 2026 15:47