La CREG corrigió errores de cálculo en la Resolución CREG 102 003 de 2022 para garantizar la correcta aplicación de los criterios tarifarios en la remuneración de la actividad de comercialización minorista de gas combustible a usuarios regulados. Esta corrección responde a la detección de dos errores graves que afectaban la metodología de remuneración establecida inicialmente. La Comisión, amparada en el artículo 126 de la Ley 142 de 1994, tiene la facultad para revisar y corregir de oficio aspectos tarifarios, asegurando la eficiencia económica y la suficiencia financiera del servicio. Así, corrige los costos relacionados con impuestos, tasas y contribuciones, permitiendo que los cargos tarifarios reflejen fielmente los costos reales de la actividad, garantizando equidad y transparencia para los comercializadores y usuarios regulados.