El Ministerio de Transporte aclaró que, según la modificación del artículo 52 de la Ley 769 de 2002 por el artículo 179 de la Ley 2294 de 2023, la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes para vehículos nuevos de servicio particular, incluyendo modelos 2019, debe realizarse a partir del quinto año contado desde la fecha de matrícula. Esto aplica para vehículos matriculados a partir del 20 de mayo de 2018, mientras que para vehículos matriculados entre el 20 de mayo de 2017 y el 19 de mayo de 2018 rige una excepción que los obliga a hacerlo a los seis años, generando una transición normativa basada en criterios técnicos y de seguridad vial. El concepto emitido por el Grupo de Conceptos y Apoyo Legal tiene carácter orientativo y no es vinculante, buscando aclarar la aplicación de la norma sin afectar casos particulares.