El Ministerio de Ambiente aclara que la cesión de permisos de emisiones atmosféricas puede realizarse tanto durante la etapa de otorgamiento como en la vigencia del permiso, pero esta cesión sólo tendrá efectos legales una vez se comunique expresamente a la autoridad ambiental competente. Aunque el cesionario asume todos los derechos y obligaciones derivados del permiso, la autoridad no requiere emitir un acto administrativo para aprobar la cesión, ya que esta surte efectos a partir de la comunicación formal. Esta interpretación se basa en el artículo 2.2.5.1.7.10 del Decreto 1076 de 2015, diferenciándose del procedimiento para la cesión de licencias ambientales, que sí requiere acto administrativo