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Ministerio de Transporte ratifica que agentes de tránsito pueden consultar datos vehiculares sin detener vehículos

Escrito por  Nov 05, 2025

El Ministerio de Transporte aclara que los agentes de tránsito están facultados para consultar, mediante dispositivos móviles como las comparenderas digitales, información de vehículos y propietarios sin necesidad de detener el vehículo ni solicitar documentos físicos, amparados en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y el Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones (SIMIT). Esta práctica no vulnera el derecho fundamental al habeas data ni infringe el debido proceso, ya que la información consultada es pública y de dominio público, y la responsabilidad de portar los documentos recae en el conductor. Se destacan los límites y garantías que deben observarse para evitar extralimitaciones y proteger los derechos fundamentales. Este concepto tiene carácter orientativo y no vinculante según el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo

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Modificado por última vez en Martes, 04 Noviembre 2025 19:10