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SSPD aclaró que el suministro de agua mediante carrotanques es una medida temporal y no forma parte del servicio público domiciliario

Escrito por  Sep 19, 2025

El peticionario consulta sobre la formación de empresas de servicios públicos, la concesión de aguas para el servicio de acueducto, el uso de carrotanques para suministrar agua y los esquemas diferenciales en la prestación del servicio. La Superintendencia aclara que no tiene competencia para definir requisitos específicos para estos esquemas, ya que el suministro mediante carrotanques es una alternativa temporal y no constituye un servicio público domiciliario en sí mismo. La regulación y la concesión de aguas corresponden a las autoridades ambientales, y cualquier contrato entre empresas debe respetar la autonomía de la voluntad y los requisitos legales.

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Modificado por última vez en Jueves, 18 Septiembre 2025 20:57