Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

Directrices de MinAmbiente sobre suspensión y terminación anticipada del procedimiento sancionatorio ambiental

Escrito por  Sep 01, 2025

Esta Cartera Ministerial explicó que en el proceso sancionatorio ambiental, el daño o afectación al medio ambiente se define como deterioro o destrucción del medio. La suspensión y terminación anticipada del proceso se pueden solicitar cuando el presunto infractor presenta medidas para corregir o compensar el daño, que deben ser viables y ejecutadas por él mismo. La suspensión puede durar hasta dos años y se puede prorrogar, siempre que el infractor garantice el cumplimiento. Es importante que estas medidas busquen reparar o mitigar el daño, y no solo sancionar acciones u omisiones que no causen daño ambiental, ya que la figura solo aplica en casos de daño o afectación real. El t

Descargar Documento

Modificado por última vez en Lunes, 01 Septiembre 2025 07:01