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SSPD: Los prestadores de servicios públicos de acueducto y alcantarillado deben expedir certificaciones de viabilidad y disponibilidad inmediata en áreas urbanas

Escrito por  Ago 21, 2025

la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios de 2025 clarifica que la revocatoria de la disponibilidad, principalmente en servicios de acueducto y alcantarillado, no puede hacerse unilateralmente por los usuarios ni por la entidad, salvo en los casos en que se hayan obtenido certificaciones de viabilidad vigentes. El documento destaca que el servicio de aseo no contempla la disponibilidad como un acto revocable, porque el contrato se basa en solicitudes individuales y parámetros tarifarios generales, sin medición individualizada. Además, la autoridad no puede exigir aprobación previa a actos o contratos, resguardando la autonomía de los prestadores. En conclusión, la normativa establece un marco jurídico que limita la revocatoria unilateral, garantizando la continuidad y la calidad del servicio, y protegiendo los derechos del usuario en los procesos de desvinculación contractual y de acceder a los servicios públicos.

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Modificado por última vez en Miércoles, 20 Agosto 2025 21:55